[Img #11426]Para este miércoles 17 de junio estaba prevista ante la Audiencia Nacional la celebración de la vista del juicio de la huelga convocada por la Asociación de Futbolistas Españoles, que fue suspendida por auto del mismo tribunal el 14 de mayo.

 

Pues bien, a petición de ambas partes, LaLiga y AFE, el Tribunal ha aceptado aplazarla al 21 de julio.

 

El motivo: ganar tiempo en la negociación que siguen manteniendo las partes y que podría derivar en una petición de archivo de la causa.

 

La suspensión de la huelga

 

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional estimó el pasado 14 de mayo la medida cautelar solicitada por la Liga de Fútbol Profesional y suspende la huelga convocada por la Asociación de Futbolista Españoles (AFE).

 

En el auto los magistrados condicionaban la suspensión de la huelga a la aportación de una caución por parte de la Liga de cinco millones de euros que deberán depositar en la cuenta bancaria de la Sala antes de las 15.00 horas de hoy, extremo ya cumplimentado por la Liga.

 

LOS FUNDAMENTOS

 

Entre los motivos para estimar la reclamación de la Liga, la sala entendió que algunos de los objetivos de la huelga «podrían tener por finalidad la modificación del convenio colectivo vigente» y que de llevarse a cabo impediría la conclusión del campeonato de Liga en las fechas previstas, lo que provocaría un grave desorden organizativo».

 

«Los objetivos de la huelga identificados en su convocatoria, así como en la propia carta remitida por el señor Rubiales a sus asociados, permiten adelantar un juicio provisional favorable a que algunos de los objetivos de la huelga podrían tener por finalidad la modificación del convenio colectivo vigente, que regula expresamente el fondo de la AFE y el fondo de garantía salarial para asegurar el cobro de los futbolistas en los clubes morosos», afirma el auto.

 

En este sentido se refiere también a «los compromisos pactados el 25-07-2014 entre la LNFP y la AFE, por la que la primera se comprometió a abonar a la segunda un 0, 5% neto de todos los ingresos si se legislaba finalmente sobre la venta centralizada de los derechos audiovisuales».

 

La Sala de lo Social indicó también que «se ha probado que la celebración de la huelga impediría concluir el campeonato de Primera y Segunda División B en las fechas indicadas, lo que provocará un grave desorden organizativo, cuya resolución es muy difícil de resolver por los compromisos internacionales de España y de los propios clubes».

 

«Así como por las propias fechas de vacaciones de los futbolistas, sin olvidar que AFE anunció que se reservaba la ampliación de los días de huelga iniciales, lo que nos permite concluir que, si no se adoptara la medida solicitada, se producirían situaciones, que impedirían o dificultarían gravemente la tutela judicial que pudiera otorgarse caso de una eventual sentencia estimatoria», añade.

 

La sala rechazó el planteamiento de AFE de que no es posible restringir el derecho de huelga con una medida cautelar, por ser este un derecho fundamental, y asegura que «si el ejercicio del derecho de huelga quedara blindado absolutamente, aunque concurrieran indicios sólidos de ilicitud de la huelga, se lesionaría claramente el derecho a la tutela judicial efectiva de la demandante».

 

También desestimó otro de los argumentos del sindicato para rechazar la medida cautelar, basado en que la Liga no ofreció la prestación de caución al solicitar las medidas cautelares.

 

Los magistrados señalaron que en la vista celebrada ayer con las partes la Liga ofertó la cantidad 5.000.0000 euros, «sin que dicha cifra se cuestionara por AFE, quien no propuso ninguna otra, limitándose a mantener su rechazo frontal a la medida por el incumplimiento formal antes dicho».

 

«Debemos concluir», indicaban, «que la subsanación se produjo efectivamente y cumple razonablemente su finalidad la cifra ofertada, que deberá depositarse inmediatamente en la Sala, por cuanto es requisito constitutivo para que se active la medida cautelar, si es que se accede a la misma, es absolutamente ajustada, sin que AFE haya cuestionado su importe».

 

El auto que firman los magistrados Ricardo Bodas, presidente, Emilia Ruiz-Jarabo y Ramón Gallo, subrayaba que su decisión de aceptar la medida cautela es «un juicio provisional, que podría ser modificado, en su caso, cuando se entre a conocer de la demanda principal».

 

Pocos minutos después de que la Audiencia resolviera, la RFEF comunicó, por medio de su secretario general Jorge Pérez, que habiendo tenido conocimiento del auto de la Audiencia Nacional que suspende la huelga, procede a alzar la paralización de las competiciones acordada el 6 de mayo.

 

Por IUSPORT

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