[Img #8953]El Juzgado de lo Contencioso–Administrativo número 2 de Santander, en sentencia del 28 de enero pasado, cuyo texto íntegro ofrecemos en IUSPORT, ha inadmitido el recurso que presentó en su momento el expresidente de la Federación Cántabra de Fútbol, relativo a la repetición de las elecciones de Julio de 2012 que provocaron su salida de la Federación.

En concreto, el recurso contencioso-administrativo se interpuso contra la resolución del Comité Cántabro de Disciplina Deportiva, de fecha 29 de junio de 2012 (Exp REL 7-12/F), que, estimado el recurso formulado contra resolución de la Junta Electoral de la Federación Cántabra de fútbol de 29 de mayo de 2012, determinó la exclusión de la Escuela Municipal Deportiva Reocin del censo electoral de clubs en el proceso electoral para Presidente de la FCF Federación.

Se rechazó la inclusión y el derecho de voto de una entidad, la Escuela Municipal de Reocín, entre otras cosas porque había sido registrada en el Registro de Entidades Deportivas el 20 de Mayo de 2011 y, por lo tanto, no cumplía con los requisitos establecidos en la Orden reguladora, de haber estado compitiendo más de dos años en la Federación de Fútbol.

Además, el Juzgado hace ver una falta de legitimación patente, ya que si alguien tuvo que defender su derecho a la inclusión o no en el censo, y su posterior negativa a aceptar el voto de la Escuela, tendría que haber sido lógicamente la misma Escuela, que sin embargo, calló y aceptó su condición de club de nueva creación.

 

TEXTO ÍNTEGRO DE LA SENTENCIA

 

Por IUSPORT

Si continúa navegando acepta nuestra polìtica de cookies    Más información
Privacidad