[Img #7740]Un partido por la expulsión y otro por quedarse en la grada incumpliendo la orden del delegado de campo o cuarto arbitro. El entrenador de la Real Sociedad podría incluso ser sancionado con tres  o cuatro partidos por incumplir la norma

 

David Moyes tomando ganchitos en la grada de Anoeta es sin duda una de las imágenes más llamativas que nos deja el Real Sociedad-Villarreal de la vuelta de octavos que ha supuesto la eliminación del equipo donostiarra del torneo del KO. Continúa adelante el submarino amarillo.

 

Pero, particularidades al margen, el gesto del nuevo técnico es un claro incumplimiento del artículo 114 del actual Código Disciplinario y que el colegiado Velasco Carballo se encargo de recoger con detalle en su acta arbitral.

 

El colegiado internacional madrileño recoge literalmente que el entrenador donostiarra «una vez expulsado se ubicó sentado en la grada a la altura del centro del campo, y allí permaneció hasta la finalización del encuentro a pesar de ser advertido al delegado local por el cuarto arbitro en varias ocasiones que no podía permanecer allí y debía irse a los vestuarios».

Como bien explica el escrito del colegiado, Moyes había sido expulsado previamente en el minuto 80 de partido por protestar de forma ostensible las decisiones arbitrales. Y, en el caso de la segunda amarilla, con un gesto claro con sus manos en forma de gafas.

 

Dada esta situación, el técnico de la Real Sociedad se expone a una mínima sanción de dos partidos. Uno encuentro correspondería a la propia expulsión y el otro por dicho incumplimiento del artículo 114 del actual escrito disciplinario federativo.

El recién modificado Código Disciplinario federativo recoge en el punto tres del citado artículo que «los que resulten ser expulsados, tanto jugadores como entrenadores, deberán dirigirse a los vestuarios sin posibilidad de presenciar el partido desde la grada. El incumplimiento de la citada obligación será objeto de sanción entre uno y tres partidos de sanción con multa pecuniaria accesoria».

Ahora falta saber el grado de incumplimiento de la norma que determinará el juez de competición de la Federación. En contra de Moyes juega la circunstancia el hecho de que, tal y como recoge el acta arbitral, fue avisado en varias ocasiones que no podía permanecer en la grada. Esto podría implicar un agravamiento de la sanción llegando incluso a los dos o tres partidos. En ese caso, sumando la expulsión por doble amarilla, podría elevarse el castigo a los tres o cuatro partidos.

 

En favor de Moyes juega que fueron apenas diez minutos el tiempo que trascurrió desde su expulsión al final del encuentro. Y también el precedente de esta misma temporada en la Supercopa de España entre el Atlético de Madrid y Real Madrid en el Vicente Calderón. Diego Pablo Simeone, tras ser expulsado por Fernández Borbalán en el minuto 25 de partido; también decidió quedarse en la grada del estadio rojiblanco hasta el final del partido haciendo caso omiso a las indicaciones del delegado de campo rojiblanco. El órgano disciplinario de la federación castigó este incumplimiento con un partido dentro del castigo total de ocho con el que castigó la expulsión y los distintos gestos realizados por el técnico argentino en dicho encuentro.

 

Por IUSPORT

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