[Img #7618]El Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol (RFEA) ha reducido a un partido la sanción impuesta por Competición a Tomás Pina, jugador del Villarreal.

Pina fue sancionado con dos encuentros de suspensión por Competición tras ser expulsado el pasado 21 de diciembre en el encuentro ante el Deportivo.

La apelación del Villarreal prosperó hoy, jueves, al aplicar esta instancia los artículos 123.1 y 52.3 y 4 del Código Disciplinario, por lo que impone una multa accesoria de 350 euros al club y de 600 al futbolista, que queda a disposición de Marcelino García Toral para el partido contra el Málaga.

Razona el Comité de Apelación lo siguiente:

– «El artículo 123, apartado 1, del Código Disciplinario de la RFEF, establece como regla general que se sancionará con suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes, el hecho de producirse de manera violenta con ocasión del juego o como consecuencia directa de algún lance del mismo, siempre que la acción origine riesgo, pero no se produzcan consecuencias dañosas o lesivas. En su apartado 2, dicho precepto contempla una excepción a la regla general, consistente en que se sancionará con suspensión de dos a tres partidos la acción descrita anteriormente, cuando se produzca al margen del juego o estando este detenido. En definitiva, cuando se produzcan alguna de las circunstancias antedichas la sanción mínima será de dos partidos de suspensión».

– «En el presente caso, de la descripción de la acción realizada por el colegiado, no puede deducirse que la misma se hubiese producido al margen del juego. Muy al contrario, el jugador es expulsado por intervenir en un lance del mismo con violencia, pues disputa el balón con el pie en forma de plancha golpeando al contrario a la altura del muslo, con una fuerza excesiva. Ello supone que no sea aplicable el apartado 2 del artículo 123, resultando por ello más adecuado y acorde con el principio de proporcionalidad para este Comité de Apelación, rebajar la sanción a la mínima prevista en el artículo 123, esto es, un partido de suspensión».

 

TEXTO ÍNTEGRO DE LA RESOLUCIÓN

Por IUSPORT

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