A continuación transcribimos el anuncio hecho público por la SOCIEDAD DEPORTIVA EIBAR S.A.D. en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) y otras fuentes públicas con información relevante sobre la actividad mercantil de la sociedad.

10-04-2014 – Aumento de capital

«En cumplimiento de lo previsto en el artículo 305 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la mercantil Sociedad Deportiva Eibar, S.A.D. (la «Sociedad»), celebrada el 7 de abril de 2014, acordó aumentar el capital social en la cifra de 2.380.007,94 €, mediante la emisión y puesta en circulación de 39.600 nuevas acciones de 60,1012106060606 € de valor nominal cada una de ellas.

 

El desembolso del valor nominal de cada nueva acción se realizará parcialmente con cargo a aportaciones dinerarias por importe de 50 € y parcialmente con cargo a beneficios o reservas por importe de 10,1012106060606 €, revistiendo, por tanto, la ampliación de capital naturaleza mixta. El desembolso se realizará íntegramente con la suscripción. Cada accionista tendrá derecho a suscribir 6 acciones nuevas por cada acción antigua que posea en la Sociedad.

 

El procedimiento para el ejercicio del derecho de preferencia será el que sigue:

 

1. Los accionistas podrán ejercer su derecho de suscripción preferente durante el plazo de un (1) mes a contar desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Durante dicho mes, los accionistas deberán acudir a cualquiera de las sucursales del Banco Sabadell Guipuzcoano de la localidad de Eibar y completar la comunicación (el «Boletín de Suscripción») que estará a su disposición en las referidas sucursales en el que pongan de manifiesto su voluntad de suscribir las acciones creadas e indiquen el número de acciones a suscribir (con el límite de 6 acciones nuevas por cada una antigua).

 

El desembolso de las referidas acciones (por un importe de 50 € por cada acción suscrita) se podrá realizar:

 

(i) previamente mediante ingreso en la cuenta corriente de la Sociedad en el Banco Sabadell Guipuzcoano, número (IBAN ES08 0081 7521 51 0006121126) (SWIFT BSABESBB), indicando el concepto de «suscripción de acciones en ampliación de capital» e identificando al accionista depositante. El justificante de dicha transferencia deberá entregarse en cualquiera de las sucursales del Banco Sabadell Guipuzcoano de la localidad de Eibar en el momento de completar el Boletín de Suscripción.

 

(ii) mediante el ingreso del importe correspondiente directamente en cualquiera de las sucursales del Banco Sabadell Guipuzcoano de la localidad de Eibar en el momento de completar el Boletín de Suscripción.

 

En caso de que algún accionista que haya ejercitado su derecho de preferencia estuviese interesado en suscribir más acciones que las que le correspondiesen en función de su derecho de preferencia, indicará en el Boletín de Suscripción el número adicional de acciones a suscribir con el límite general de 2.000 acciones por accionista (sin incluir las acciones adquiridas en ejercicio de su derecho de preferencia). Dicho límite no aplicara si el accionista fuera una entidad pública o una entidad sin ánimo de lucro, en ambos casos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

 

El desembolso de las acciones adicionales se realizará en la misma forma que la indicada para las acciones adquiridas en el ejercicio del derecho de preferencia y se acreditará igualmente en el momento de entregar el Boletín de Suscripción.

 

2. Una vez finalizado el mencionado plazo, el órgano de administración, en el plazo de cinco (5) días hábiles:

 

(a) Comprobará que los accionistas hayan ejercido el derecho de preferencia conforme al importe que les permitan sus respectivos derechos y las limitaciones acordadas.

 

(b) Verificará el efectivo desembolso efectuado.

 

(c) Si existiese un exceso de suscripción de acciones, el órgano de administración las adjudicará en proporción a las que los socios interesados tuvieren en la Sociedad, respetando en todo caso el derecho de preferencia de primer grado de los accionistas y el límite adicional de 2.000 acciones (salvo para entidades públicas o entidades sin ánimo de lucro del País Vasco). Las aportaciones dinerarias hechas en exceso a las acciones adjudicadas serán objeto de devolución a los accionistas correspondientes por parte de la Sociedad.

 

En caso de que se apreciase algún defecto en los aspectos indicados anteriormente, el órgano de administración comunicará dicho extremo al accionista afectado, dentro del plazo antes indicado, para que en un nuevo plazo de dos (2) días hábiles subsane el defecto detectado. Si en dicho plazo no fuera subsanado el defecto, se entenderá que el accionista renuncia totalmente al derecho de preferencia que le asiste.

 

3. Una vez finalizado el plazo anterior y hasta el 24 de julio de 2014, inclusive, el órgano de administración podrá ofrecer y adjudicar las acciones no suscritas a accionistas y a personas extrañas a la Sociedad interesadas, a las que se les entregará una comunicación para que efectúen su desembolso (por un importe de 50 € por acción) antes de la referida fecha en la cuenta corriente de la Sociedad en el Banco Sabadell Guipuzcoano anteriormente citada, indicando el concepto de «suscripción de acciones en ampliación de capital» e identificando al accionista depositante. En relación con este ofrecimiento de acciones resultará igualmente aplicable el límite general de 2.000 acciones por tercero o accionista (sin incluir las acciones adquiridas en ejercicio de su derecho de preferencia). Límite que no resultará de aplicación a las entidades pública o entidades de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La comunicación y el justificante del desembolso se realizará en las oficinas de la Sociedad sitas en en Eibar (Gipuzkoa) en Ipurua Kalea, 2.

 

4. Finalizado el anterior proceso, el órgano de administración fijará la cifra de capital social en atención a los desembolsos efectuados y las acciones suscritas y procederá a otorgar la oportuna escritura de aumento de capital. En caso de que la ampliación de capital no se haya suscrito íntegramente dentro del plazo fijado para la suscripción, el capital se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectuadas.

 

Eibar, 8 de abril de 2014.- El Presidente del Consejo de Administración».

Por IUSPORT

Si continúa navegando acepta nuestra polìtica de cookies    Más información
Privacidad