La Federación Española de Atletismo se ha limitado a manifestar que «acata la sentencia del TAS» en el caso Marta Domínguez, que este jueves ha sido suspendida por tres años y desposeída de su título mundial de 3.000 metros obstáculos por anormalidades en su pasaporte biológico.
«La Federación Española acata la sentencia del TAS», ha sido la escueta respuesta oficial de la Federación al ser requerida por EFE para que expresara su postura sobre la resolución que pone fin a un largo litigio en torno a la que fue considerada mejor atleta española de todos los tiempo.
Recuérdese que el Comité de Disciplina de la Federación Española de Atletismo absolvió en marzo de 2014 a Marta Domínguez en el caso suscitado por las anomalías detectadas en su pasaporte biológico.
Marta Domínguez, campeona mundial de 3.000 metros obstáculos en Berlín 2009, presentaba por aquellas fechas valores anómalos en su pasaporte biológico según la IAAF, que propugnaba una sanción de cuatro años para ella y la pérdida de su título mundial.
En su resolución, el Comité de Disciplina aceptó que el hipotiroidismo subclínico, detectado a la palentina un año antes de la apertura del expediente por dopaje, podría explicar las variaciones hematológicas en su pasaporte biológico. Asimismo, se señala que «el verdadero error en la fórmula [en la que se fundamenta el pasaporte biológico] es hasta 600 veces mayor que el comunicado por sus autores».
Por otro lado, el Comité de Disciplina invoca un informe pericial de la doctora Rosa Vidal, responsable del Departamento Antidopaje de la Federación Española de Atletismo, según el cual «los datos suministrados por la IAAF no son concluyentes para justificar la acusación de utilización de EPO [por parte de Marta Domínguez]».
En base al principio de presunción de inocencia, el Comité de Disciplina Deportiva de la Federación absuelve a la campeona del mundo de 3.000 metros obstáculos en 2009.
VER TEXTO ÍNTEGRO DE LA RESOLUCIÓN ABSOLUTORIA DE MARTA DOMINGUEZ
