Ramón Fuentes
La medida busca más servir de aviso para futuros acontecimientos. Es excesivo el trato contra la federación. Son propuestas de sanción que habrá que ver cuando se cumplen
No me cabe duda que las propuestas de sanción emitidas por la Comisión Nacional contra la Violencia en los espectáculos deportivos buscan un carácter ejemplarizante, servir de aviso para evitar que actos similares se repitan en el futuro. Solo hace falta ver la argumentación jurídica en todas y cada una de las decisiones adoptadas para darse cuenta que han buscado y rebuscado en la legislación vigente las bases jurídicas para poder proponer sanciones tanto a la Federación Española de Fútbol, como al Fútbol Club Barcelona y al Athletic Club de Bilbao.
Quisiera detenerme en dos aspectos. Primero y esencialmente en las propuestas de sanción contra la Federación Española de Fútbol. Resulta que la Comisión propone una multa de 123000 euros a la organizadora del partido y la competición? Como es posible que se pueda pensar que la Federación va a instruir y actuar en contra de la figura del Rey y que da nombre a la competición más importante de la propia RFEF. Además es aún más llamativo si uno analiza las cantidades de dicha propuesta. Resulta que 15000 euros son por no existir ese día la figura del delegado informador, persona que no está contemplada en ninguno de los encuentros de la Copa del Rey. Solo en los partidos de Primera y Segunda división. Más llamativo aun son los 90000 euros por el incumplimiento en los dispositivos de seguridad y control de acceso.
No recuerdo yo ningún incidente grave dentro del Camp Nou. Y ya lo tuvieron que hacer mal las dos empresas de seguridad que contrató para ese día la RFEF. Y el tercero 18000 euros por la inacción ante la pitada que se había anunciado. Y mi pregunta es la siguiente: donde se estaban repartiendo pitos? No fueron en los exteriores del estadio? Esa responsabilidad no es competencia de las policía. Porque creo que la RFEF no tiene competencia sobre lo que sucede en los alrededores del estadio, además de que los pitos o silbatos no están recogidos como instrumentos violentos que no se puedan introducir en un estadio.
Estamos pues ante una sanción que pretende ser ejemplar, intentar castigar por castigar, cuando igual lo necesario seria modificar la ley contra la violencia en los estadios y el propio código de la RFEF fijando sanciones en caso de pitar el himno nacional. En el caso de la primera es competencia, ya es curioso, de, CSD y el gobierno, los mismos que han propuesto estas sanciones. No quiero ver detrás de esta decisión un capítulo más del enfrentamiento entre el CSD y la Federación Española. Es decir, Miguel Cardenal y Ángel María Villar.
Sanciones por cierto que habrá que ver cuando se ejecutan. Porque ahora se abre un procedimiento en la delegación del gobierno de Cataluña donde las partes pueden defenderse y veremos como acaban y cuando. Igual el proceso se dilata hasta casi navidades.
No quiero dejar de analizar la sanción al fútbol club Barcelona y Athletic club. En el caso del primero debería saber la Comisión Nacional que es norma que el club que cede sus instalaciones a la RFEF en la final, suele participar en la misma. Y así lo hizo la entidad azulgrana. Me parece excesivo un castigo así, lo mismo que el propuesto al Athletic Club de Bilbao.
Porque, vuelvo a repetir, no escuche en ningún momento de la rueda de prensa un mea culpa del gobierno o su intención de modificar la ley para que en el futuro, y antes casos similares, se pueda actuar con contundencia y con bases legales. Este es el momento para hacerlo.
En fin, que han tirado de lo más fácil, de cargar contra otros y especialmente contra el organizador, algo increíble.
Veremos ahora si las sanciones se ejecutan y cuando. Y mientras tanto la ley no se cambia. Ni la ley ni el código disciplinario de la RFEF. Y en dos tiene responsabilidad el CSD.
Todo ello, sin que reniegue por mi parte de mi condición de monárquico que siempre he profesado.
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