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Felipe Izquierdo

Casos Neymar y La Masía: ¿Quiénes deberían responder?

Felipe Izquierdo Felipe Izquierdo Miércoles, 16 de Abril de 2014

[Img #4601]Cuando me hice cargo del caso del jugador Raúl Baena (exjugador del Barça, Espanyol y actualmente en el Rayo Vallecano), de inicio ya me llamó la atención la extraordinaria desproporcionalidad  con la que se trataba  la extinción contractual. Si era el jugador (menor de 18 años) el que quería desligarse del Club, tenía que abonar 3.000.000 de euros, si por el contrario era el Club quién rescindía, podía hacerlo de un día para otro, sin necesidad de causa y ¡sin necesidad de abono de cantidad alguna! y todo ello unido al “pequeño” detalle de que el sueldo del jugador ascendía a la “astronómica” cifra de 190 euros mensuales.

Esa cláusula contractual (hay que resaltar el hecho de que no era exclusiva del Fútbol Club Barcelona, sino que era usual en los contratos de los clubes nacionales), tan notoriamente abusiva y alteradora de la buena fe y justo equilibrio de las prestaciones, fue, por supuesto, denunciada en nuestros escritos de defensa, junto con la conculcación de preceptos constitucionales y fueron recogidos en la sentencia del  Tribunal Supremo de fecha 5 de febrero de 2013.

El núcleo central de la precitada sentencia, gira en torno a la tutela del interés supremo del menor. La Sala consideró que este tipo de contrataciones de menores debe de ser objeto de especial protección por el ordenamiento jurídico. Así se afirma, entre otras consideraciones, que “el poder de representación que ostentan los padres, que nace de la ley y que sirve al interés superior del menor, no puede extenderse a aquellos ámbitos que supongan una manifestación o presupuesto del desarrollo de la libre personalidad del menor y que puedan realizarse por él mismo, caso de la decisión sobre su futuro futbolístico que claramente puede materializarse a los 16 años”.
 
La anterior sentencia, desde luego supuso un punto y aparte y ha obligado a replantear a todos los clubes el modelo contractual de la cantera, pudiendo el menor en todo caso decidir por él mismo acerca de su relación laboral, ya al cumplir la mayoría de edad, o bien a los 16 años, con vida independiente de sus progenitores.

Todo lo anterior viene a colación por la reciente sanción (a todas luces desmesurada y exagerada) impuesta por la Comisión Disciplinaria de la FIFA, al Fútbol Club Barcelona.

La decisión de la FIFA se me antoja como un serio aviso a navegantes, pues dada la indiscutible resonancia que a nivel mundial tienen las noticias que afectan al F.C. Barcelona, es seguro que muchos otros clubes, que están en idéntica o parecida situación, hayan tomado buena nota.

En definitiva la FIFA con su normativa lo que hace es, como la sentencia antes referida, tutelar el interés supremo del menor.

Escribía Joan Golobart (exjugador de primera división) en el año 2009 que “la mayoría de las canteras no creen en la formación. Su política es la que yo llamo canteras almacén. Acumulo jugadores, intento obtener prestigio a través de las victorias de los equipos para satisfacción de directivos y como señuelo para poder captar más jugadores y ya veremos qué surge por generación espontánea”.

No puedo más que compartir plenamente las anteriores afirmaciones y dejar constatado el hecho de que son decenas los menores que no habiendo llegado a consagrarse en la élite, han acabado dando tumbos por la vida.

Llegados a este punto, cabe preguntarse: ¿ha infringido el F.C. Barcelona el reglamento FIFA? Sí. ¿Merece el Club una sanción? No. ¿Ha defraudado presuntamente a Hacienda en el fichaje de Neymar? Sí. ¿Debe afrontar la sanción, en su caso, el Club? No.

Las anteriores afirmaciones a primera vista son contradictorias, pero dejarían de serlo, si añadimos que quien tiene que ser sancionado, es el responsable directo del hecho. ¿Por qué  el Club, en definitiva sus socios, tienen que pagar la irresponsabilidad y deficiente gestión de sus dirigentes? Si uno de esos dirigentes conduciendo un coche del Club se salta un semáforo en rojo ¿a quién le quitarían los puntos?

En el caso que nos atañe, cuando el 5 de febrero de 2013 la FIFA envió la primera petición de información sobre el jugador coreano Lee, Bartomeu era el responsable del área deportiva del Club como vicepresidente, luego es obvio que debería ser él quién atendiera la sanción económica e incluso fuera inhabilitado temporalmente; en el caso Neymar es claro que quién firmó los contratos fueron los Sres. Rosell, Bartomeu y Faus, y por eso, ellos y solo ellos, deberían ser quienes afrontaran las consecuencias, que en éste caso pudieran ser más graves, pues amén de las económicas, podrían existir penas de privación de libertad por ese presunto delito contra la Hacienda Pública y otro presunto de distracción o gestión desleal.

Desgraciadamente con estos sucesos y otros que están por venir (ejemplo: llevar a Messi hasta el hartazgo con mentiras y promesas incumplidas; pago de importantes cantidades en asesores y costas por perder o retirar ante la más que presumible pérdida, el litigio contra los anteriores directivos, etc…), la imagen del Club continúa con su deterioro imparable mientras “ellos” todo lo resuelven de la misma manera: “estamos muy satisfechos; somos gente muy responsable que todo lo hacemos muy bien y con la máxima transparencia; la culpa es de la mano negra que conspira contra el Club”.

Aquí la única mano culpable y no es sólo una, son esas manos INÚTILES que están al timón de la nave y llevándola a la deriva.

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