Hace
unos días se hizo público el informe de la Subcomisión sobre el Deporte
Profesional en España, creada mediante acuerdo del Pleno del Congreso de los
Diputados de 12 de febrero de 2009.
Se trata de un tema
sobre el que tanto se está hablando actualmente, en especial en el IV Congreso
Nacional de Derecho Deportivo celebrado recientemente en Huesca, con enorme
asistencia y éxito de participación y contenido, y del que en breve realizaremos
una extensa crónica.

La Subcomisión se creó de conformidad con lo
dispuesto en el punto segundo.1 de la Resolución de la Presidencia del Congreso
de los Diputados de 26 de junio de 1996 y en el seno de la Comisión de Educación
y Deporte. La Subcomisión se constituyó el 24 de febrero de 2009. Desde entonces
y hasta su última sesión, el 27 de abril de 2010, ha celebrado un total de 25
reuniones, de las cuales 17 se han dedicado, prácticamente en su totalidad, a la
celebración de las comparecencias, que, solicitadas por los grupos
parlamentarios, fueron acordadas por la propia Subcomisión

El informe ha
sido publicado en el Boletín de las Cortes del día 4 de mayo
actual.

La Subcomisión, en cumplimiento
del mandato para el que fue creada y habiendo obtenido información de los
sectores afectados, considera lo siguiente:

1. Desde la aprobación
de la vigente Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, han transcurrido casi
veinte años, en los que la evolución del deporte español, en todos sus ámbitos,
ha sido muy intensa.

La importancia del deporte profesional no puede
sólo analizarse desde la perspectiva de su impacto social y mediático. Se trata
de un fenómeno transversal que incide, de manera más o menos directa, en valores
y derechos esenciales de nuestra sociedad, como son la educación, la salud, la
cultura, la integración y cohesión sociales. La admiración que todos, pero
principalmente
los jóvenes, sienten por esos nuevos modelos de comportamiento
que reflejan los deportistas, es una realidad que debe ser considerada. Conviene
impulsar lo mejor de los valores que representan.

2. Resulta necesario
sentar unas nuevas bases para el futuro e impulsar el desarrollo ordenado y
sostenible del deporte profesional, garantizando su viabilidad.

Resulta
preciso atender las expectativas de los diferentes interesados, tanto de los
agentes intervinientes, como del público en general.

La Ley del Deporte,
a pesar de haber sido modificada con posterioridad a su entrada en vigor,
resulta, hoy, un texto insuficiente para dar respuesta a los retos actuales del
deporte profesional en nuestro país y, en consecuencia, resulta imprescindible
acometer una reforma que permita conseguir los objetivos descritos.

Ahora bien, cualquier reforma debe basarse en el consenso de las fuerzas
políticas, el acuerdo con los distintos sectores afectados y el respeto a las
competencias de las Comunidades Autónomas.

3. Debe valorarse el contexto
de la Unión Europea, recordando que el Tratado de Lisboa introduce un nuevo
artículo 165.1 que recoge la salvaguarda de la especificidad del deporte y
habilita a las instituciones comunitarias para regular, pero no para armonizar
las normas jurídicas de los Estados miembros referidas al deporte. Por otra
parte, existe una jurisprudencia consolidada del Tribunal de Justicia, que
considera de plena aplicación a la dimensión económica del deporte, los
principios de transparencia y libre competencia, con el fin de asegurar el
correcto funcionamiento del Mercado Único.

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Por IUSPORT

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