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La Federación Extremeña de Fútbol ha publicado las normas específicas que regirán la competición del grupo XIV de la 3ª División Nacional. Estas son las siguientes:

 

“1.- Las normas reguladoras y disciplinarias de esta competición serán competencia de la RFEF.

 

2.- Para poder diligenciar las licencias federativas los clubes no deben tener deudas pendientes con la Federación Extremeña de Fútbol, ni con la RFEF.

 

3.- Según se indica en el Reglamento General de Competición de la RFEF, todos los equipos deben disponer de un entrenador nivel III.

 

4.- Según se indica en el art. 195.1 del Reglamento General de Competiciones de la RFEF: “Cuando algún grupo de Tercera División tras consumarse los ascensos y descensos, al mismo o del mismo, previstos por razones clasificatorias, se viera incrementado con un número mayor de equipos procedentes de Segunda “B” en él incluidos por criterios geográficos, ello no determinará, si el número de tales fuera uno o dos, el descenso a categoría territorial de ninguno de los que mantuvieron, por su puntuación, la de dicha Tercera División, quedando el grupo constituido por veintiuno o, en su caso, veintidós equipos. Las Federaciones de ámbito autonómico están facultadas para enervar lo dispuesto en el apartado anterior, en el sentido de que aun siendo uno o dos los equipos procedentes de Segunda División “B” que incrementen su grupo, ello determine que en idéntico número desciendan de Tercera a categoría territorial. En todo caso, siendo más de dos los supernumerariamente descendidos, deberán descender asimismo en número igual al de tal exceso los clubes que hubieren ocupado los puestos inmediatamente anteriores a los que perdieron la categoría por su puntuación. Cuando, por cualquier circunstancia, un grupo quede constituido supernumerariamente deberán adoptarse las previsiones pertinentes estableciéndose el número de descensos que corresponda para que la situación quede regularizada al término de la temporada.

 

Se acuerda que los equipos que desciendan al finalizar la temporada 2015/2016 sean los que ocupen los puestos 18, 19 y 20.

 

5. Como también se indica en el mencionado artículo “las Federaciones de ámbito autonómico están facultada en el sentido de que aun siendo uno o dos los equipos procedentes de Segunda “B” que incrementen su grupo, ello determine que en idéntico número desciendan de tercera a categoría regional”.

 

En acuerdo de Asamblea General se ha decidido que en el caso de descenso de 1, 2 o 3 equipos extremeños que participan en esta temporada en Segunda División “B”, descenderán los clubes que ocupen los puestos 17, 16 y 15, según corresponda y siempre que fuera necesario”.

Por IUSPORT

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